Contratación para la formación y el aprendizaje
El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores, en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
- play_arrowEste es un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral de los jóvenes.
- play_arrowTiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa.
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- play_arrowdel sistema de formación profesional para el empleo (Certificados de profesionalidad) o
- play_arrowdel sistema educativo (Título de Formación Profesional)
Aspectos laborales
Reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores. El Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil establece que en el supuesto de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, este incentivo , en los mismo porcentajes, consistirá en una bonificación.
Financiación de la formación: Bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:
Trabajadores | Primer Año de Contrato | Segundo Año de Contrato | Tercer Año de Contrato |
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En General | 25% | 15% | 15% |
Beneficiarios de Garantía Juvenil | 50% | 25% | 25% |
Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En empresas de menos de 5 trabajadores la cuantía máxima podrá ser de 2 euros por alumno y hora de tutoría.
Si se transforma en indefinidos durante 3 años: 1500 € o 1800 € para mujeres. En el supuesto de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, este incentivo , en los mismo porcentajes, consistirá en una bonificación.
Reducción del 100% de la cuota del trabajador
Total protección social
Desempleo
Cualificación profesional
- – Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas.
- – Entre 16 y 25 años (menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%
- – Sin límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.
Mínimo 1 año – máximo 3 años (Mínimo 6 meses por convenio colectivo).
No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Primer año Segundo año Tercer año |
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Aspectos formativos
La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con la actividad formativa.
- El objetivo de la formación es la cualificación profesional de las personas trabajadoras
- Títulos de Formación Profesional de grado medio o superior
- Certificados de Profesionalidad de nivel 1,2 y 3 de cualificación
Podrá incluir formación complementaria que esté incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.
En el sistema de formación para el empleo, se podrá impartir en modalidad presencial o teleformación en los centros acreditados/inscritos.
En el sistema educativo se podrá impartir en modalidad presencial o a distancia.